Lo hizo a través de la Resolución General 5560/2024 publicada en el Boletín Oficial. El organismo mantendrá la posibilidad de acceder a los registros históricos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de informar al organismo recaudador intimaciones a empleadores realizadas por trabajadores o asociaciones sindicales mediante telegramas o cartas documento.
Lo hizo a través de la Resolución General 5560/2024 publicada ayer en el Boletín Oficial, que suprimió el servicio informático “Telegramas laborales”, donde se remitían las copias digitales de las comunicaciones laborales dirigidas a empleadores que se enmarcaban en el artículo 1 de la ley 24.013.
“Como la ley Bases adoptó una serie de medidas tendientes a mejorar y agilizar los procesos administrativos, la AFIP dejó sin efecto la norma que reglamentaba este procedimiento”, señaló el organismo.
No obstante, se aclaró que “el servicio seguirá disponible en la página web para que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones registradas”. Esto permitirá la consulta de la imagen digitalizada y los datos asociados a las comunicaciones laborales enviadas por los trabajadores a sus empleadores en el pasado”, precisó el parte oficial.
El organismo no evaluará bienes blanqueados por monotributistas para exclusión o recategorización. La AFIP precisó que los activos que se declaren no se tomarán en cuenta para exclusión re recategorización en periodos anteriores.
Por otro lado, el organismo precisó que los activos que declaren por monotributistas no serán tomados en cuenta como antecedentes para su exclusión o recategorización en períodos anteriores a la declaración.
La AFIP realizó esta aclaración en las últimas horas a partir de consultas realizadas por profesionales y contadores que tenían dudas sobre las implicancias que podían tener para los monotributistas esta declaración de bienes.
