Anabela Lucero pidió investigar un servicio médico que «no la asistió» y un juez lo rechazó

La defensa de la exdiputada de Alberto Rodríguez Saá había presentado un hábeas corpus mediante el cual solicitaba que investigaran por desobediencia de una orden judicial al personal de salud que supuestamente no cumplieron con la obligación de brindarle una consulta.
30 de septiembre de 2026
La dirigente política el 24 de agosto, cuando le dictaron prisión preventiva por dos meses.

Anabela Érica Lucero, la exdiputada de Alberto Rodríguez Saá, no deja de recibir reveses del lado de la justicia. Desde el 24 de agosto, el día que la imputaron por otro combo de delitos de corrupción vinculados al robo de unos $900 millones del Molino Fénix y le dictaron la prisión preventiva, ya ha apelado sin éxito en dos oportunidades para ser liberada. En los últimos días, a través de sus defensores Esteban Bustos y Ariel Cabello, se quejó ante el juez de Garantías 4 de Villa Mercedes, Santiago Ortiz, de que no había recibido la asistencia médica dispuesta por la justicia y por eso solicitó que tal servicio de salud fuese investigado por «desobediencia de una orden judicial». Pero el magistrado, con los informes sanitarios requeridos y una evaluación de lo que había sucedido, resolvió no hacer lugar a la apertura de ninguna investigación, pues —entendió— que no existió tal delito.

Mediante un hábeas corpus (una herramienta legal que busca proteger la libertad de los ciudadanos contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por la Constitución de la Nación Argentina), los abogados de la exlegisladora detallaron que ella tenía una consulta médica por videollamada con un profesional de Córdoba. Pero dicha cita no pudo concretarse en una primera oportunidad porque la acusada se había descompuesto y, más tarde, porque la profesional que debía atenderla se había ido y no estaba disponible.

Lucero planteaba que había existido una desatención de parte del servicio sanitario y, en razón de ello, pretendía que los responsables de la salud “fueran investigados por el delito de desobediencia de una orden judicial”, comentó un informante.

Tras evaluar el caso, el juez de Garantías declaró que lo requerido por la dirigente política resulta improcedente. Asimismo, en su resolución, le ordenó al personal penitenciario que garantice de «forma estricta el suministro de la medicación indicada para la imputada», contempló la realización de una videoconferencia con el doctor Alberto Teme y recordó mantener la presencia de profesionales de la sanidad, así como los registros clínicos actualizados.

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