El Gobierno nacional oficializó este miércoles el nuevo esquema del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que establece un piso de $383.800 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa desde septiembre y contempla incrementos progresivos hasta abril de 2027.
La medida fue formalizada mediante la Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La decisión se tomó después de que representantes de trabajadores y empleadores no lograran alcanzar un acuerdo durante la reunión del Consejo del Salario.
El nuevo valor representa un incremento respecto del monto de $376.600 que regía durante agosto. Para los trabajadores jornalizados, el valor quedó establecido en $1.919 por hora desde el 1° de septiembre.
El cronograma de aumentos
La resolución establece una actualización escalonada que se aplicará todos los meses hasta abril del año próximo.
El esquema oficial es el siguiente:
- Septiembre de 2026: $383.800 mensuales y $1.919 por hora.
- Octubre de 2026: $391.200 mensuales y $1.956 por hora.
- Noviembre de 2026: $398.800 mensuales y $1.994 por hora.
- Diciembre de 2026: $406.400 mensuales y $2.032 por hora.
- Enero de 2027: $414.200 mensuales y $2.071 por hora.
- Febrero de 2027: $422.000 mensuales y $2.110 por hora.
- Marzo de 2027: $429.600 mensuales y $2.148 por hora.
- Abril de 2027: $437.000 mensuales y $2.185 por hora.
De esta manera, el salario mínimo pasará de $383.800 en septiembre a $437.000 en abril, lo que implica un aumento acumulado de aproximadamente 13,9% durante el período establecido.
El cronograma también permite conocer desde ahora los valores que regirán durante los próximos meses, evitando que el salario mínimo quede sujeto a una nueva definición mensual.
También cambia la prestación por desempleo
La resolución mantiene además el mecanismo vigente para determinar la Prestación por Desempleo. Según la normativa, el beneficio equivale al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador durante los seis meses anteriores al cese laboral.
En ningún caso la prestación puede ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil ni superior al 100% de ese mismo valor. Para septiembre, los montos oficiales establecen un mínimo de $191.800 y un máximo de $383.800.
La actualización del salario mínimo alcanza a los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario y también a la Administración Pública Nacional y a los organismos y entidades del Estado nacional que actúen como empleadores, en los términos establecidos por la resolución.
El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil funciona como ámbito institucional de diálogo entre representantes de los trabajadores, empleadores, el Estado nacional y las provincias para discutir cuestiones vinculadas con las relaciones laborales y la determinación del salario mínimo.
En esta oportunidad, sin embargo, las partes no llegaron a un entendimiento y el Gobierno terminó fijando los valores mediante un laudo, tal como contempla la normativa cuando no se alcanza el acuerdo necesario.
