El abogado Alejandro René Viano y el empresario Alejandro Marcelo Ingaramo fueron imputados provisoriamente por la presunta usurpación de un campo de 1.997 hectáreas perteneciente al Gobierno de San Luis.
El inmueble está ubicado a la altura del kilómetro 144 de la Ruta Provincial 27. Según informó el Ministerio Público Fiscal, había sido adjudicado anteriormente a la empresa El Caburé, presidida por Ingaramo, para el desarrollo de un proyecto agropecuario.
Los acusados habían presentado una demanda civil para recuperar la posesión del campo. Ese reclamo todavía se encuentra en trámite ante el Juzgado Civil Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial.
La Fiscalía sostuvo que el 26 de diciembre, después de las 8, Viano e Ingaramo llegaron al establecimiento durante una inspección ordenada en otra causa judicial. En ese momento colocaron un candado en el acceso y comunicaron que entregarían una copia de la llave al juzgado interviniente.
De acuerdo con la acusación, posteriormente permanecieron dentro de la propiedad sin contar con un documento que los autorizara a ocuparla. También habrían ingresado animales al establecimiento.
Para la Fiscalía, esa conducta provocó que el Gobierno provincial perdiera el control del inmueble. Por ese motivo, pidió que ambos fueran imputados como presuntos autores del delito de usurpación por abuso de confianza.
Además, solicitó el desalojo del campo y su devolución provisoria a la Provincia. El fiscal aseguró que existen elementos suficientes para acreditar lo ocurrido y el perjuicio ocasionado.
El abogado Flavio Ávila, en representación de Fiscalía de Estado, acompañó el pedido. Señaló que los imputados ingresaron y permanecieron en el inmueble sin contar con un título que justificara esa ocupación y consideró que la restitución era la medida adecuada. Viano, quien ejerció su propia defensa y también representó a Ingaramo, anticipó que incorporará al expediente distintas pruebas vinculadas con la causa que se tramita en el fuero civil.
Después de escuchar a las partes, el juez aceptó la formulación de cargos provisorios solicitada por la Fiscalía y ordenó que el inmueble sea restituido dentro de los próximos 15 días hábiles.
El magistrado aclaró que la decisión se refiere exclusivamente al hecho ocurrido el 26 de diciembre y que la devolución tendrá carácter provisorio, sin afectar las medidas que puedan haberse adoptado en los otros expedientes relacionados con el campo.
La restitución deberá realizarse con la intervención de un oficial de Justicia y luego de que todas las partes sean notificadas. La medida fue dictada de acuerdo con el artículo 211 del Código Procesal Penal de San Luis, que permite devolver provisoriamente un inmueble cuando se investiga una posible usurpación y existen elementos que respaldan el derecho de quien reclama su posesión.





