Abigail Páez, una de las dos mujeres condenadas por el crimen de Lucio Dupuy, recibió un nuevo revés judicial en La Pampa. La Justicia rechazó un planteo de su defensa que buscaba habilitar la posibilidad de solicitar la libertad condicional una vez cumplidos los 35 años de prisión efectiva correspondientes a su condena a perpetua.
La decisión fue tomada por la Sala B del Tribunal de Impugnación Penal, que confirmó lo resuelto anteriormente por el juez de Ejecución Penal, Edgardo Javier Trombicki.
El planteo había sido presentado en junio por la abogada de Páez, María Silvina Blanco Gómez. La defensa solicitó que se estableciera en el cómputo de la pena la fecha en la que se cumplirían los 35 años de prisión y que se declarara inconstitucional el artículo 14 del Código Penal, que excluye de la libertad condicional a personas condenadas por determinados delitos.
Entre ellos se encuentran el homicidio agravado y los delitos sexuales por los que fue condenada Páez.
Los jueces consideraron que el caso está alcanzado por dos supuestos de exclusión previstos en la legislación. Además, señalaron que, aunque la prisión perpetua absorbió las penas correspondientes a los otros delitos, eso no elimina las consecuencias legales de cada figura penal.
El fallo también sostuvo que declarar inconstitucional una norma es una medida excepcional, que debe aplicarse como último recurso, y consideró que la defensa no presentó argumentos suficientes para justificarlo.
Qué dijo la defensa
Tras conocerse la resolución, la abogada María Silvina Blanco Gómez confirmó que presentó un recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia, que todavía debe expedirse.
La defensora sostuvo que existen antecedentes judiciales, tanto del máximo tribunal provincial como de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que respaldan el cuestionamiento a la prohibición de conceder la libertad condicional a personas condenadas a prisión perpetua.
También planteó que, si el beneficio no puede aplicarse por los delitos sexuales incluidos en la condena, la Justicia debería explicar mediante qué mecanismo se garantizaría la posibilidad de que Páez pueda regresar algún día a la vida en sociedad.
En ese sentido, remarcó que el derecho a la resocialización está contemplado en las convenciones de derechos humanos y que una condena a perpetua no debería eliminar toda posibilidad de acceder a un régimen de libertad.

Una aclaración importante
La resolución no significa que a Páez le hayan rechazado un pedido concreto de libertad condicional. La condenada todavía no cumple el requisito temporal de 35 años de prisión efectiva para solicitar ese beneficio.
La discusión judicial se centra, por ahora, en si corresponde fijar anticipadamente esa fecha y si debe declararse inconstitucional la prohibición legal que alcanza a su condena.
Mientras tanto, el recurso presentado por la defensa deberá ser analizado por el Superior Tribunal de Justicia.


