Le dieron perpetua a la pareja que asesinó a “Nino” Videla

Un tribunal declaró culpables a Camila Soledad González y Carlos Franco Miranda por el crimen cometido el 28 de mayo de 2024, en el barrio El Lince de San Luis.
31 de julio de 2025

Los defensores de Camila Soledad González y Carlos Franco Miranda, acusados de asesinar a Paulo Daniel “Nino” Videla durante un robo en su casa de San Luis, argumentaron, en los alegatos finales del juicio oral, que la investigación policial y judicial no había logrado reunir pruebas suficientes de que eran los autores del crimen. Pero el tribunal no compartió esa visión: entendió que estaba totalmente probada la responsabilidad de la pareja en el homicidio. Y la condenó a prisión perpetua.

“Nino” Videla, de 61 años, fue atacado en su vivienda, la número 12 de la manzana 14 de El Lince, en la zona sur de la ciudad de San Luis, la madrugada del 28 de mayo de 2024. Según la hipótesis de los investigadores policiales y judiciales, González y Miranda fueron a la casa de la víctima, con la intención de robarle. Pero al toparse con la resistencia del dueño de casa, lo golpearon, lo ataron y finalmente lo asfixiaron. Videla conocía a la chica. En los meses previos había tenido relaciones con ella, que -según la versión de un taxista- ejercía la prostitución.

Aquella madrugada, Videla les permitió entrar a su casa. Lo golpearon con un elemento contundente en la cabeza, lo que provoco que quedara inconsciente. Luego lo maniataron, le ataron los tobillos con tres nudos y desde el nudo del medio subieron hacia las muñecas, con dos cables de 2,5 metros cada uno. Le robaron un celular, un televisor, documentos de la billetera y una garrafa de 10 kilos. El fiscal de instrucción sostuvo que mientras los ladrones estaban en esa faena “Videla intentó zafarse de las ataduras y los imputados, utilizando una sábana, comenzaron a ahorcarlo hasta provocar su muerte, por asfixia por sofocamiento”.

Horas más tarde, los hijos de “Nino” llegaron a su casa, una de ellos logró entrar por un ventiluz y descubrió su cuerpo en el piso de su habitación, al lado de la cama. La pareja fue arrestada en junio de ese mismo año. Este martes, en el juicio, en su alegato la fiscal de juicio Virginia Palacios sostuvo que la hipótesis acusatoria quedó plenamente demostrada a lo largo del debate. Detalló uno por uno los elementos probatorios, entre ellos, el vínculo previo entre Camila González y la víctima, que habría facilitado el acceso al domicilio de Videla, así como el robo de su teléfono celular, cuya venta permitió reconstruir el recorrido del aparato y vincular a los acusados con el hecho.

Palacios sostuvo que el delito que cometieron González y Miranda fue un homicidio criminis causa, un delito cometido con el fin de ocultar otro -el robo- o lograr la impunidad. Ese tipo de homicidio calificado no prevé otra pena que la prisión perpetua. Los defensores José Luis Guiñazú (por González) y Federico Putelli (por Miranda) solicitaron la absolución de ambos. Argumentaron que no se alcanzó el grado de certeza requerido para una condena, y pusieron en duda tanto la autoría como la calificación criminis causa.

Pero el tribunal, integrado por María Eugenia Zabala Chacur, Hugo Saá Petrino y Gustavo Parrillis, emitió un fallo unánime. Los declaró a ambos penalmente responsables de homicidio criminis causa. Y les aplicó la pena máxima prevista por el Código Penal Argentino.

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