Un tribunal condenó a prisión perpetua a Adrián “Gringo” Rodríguez y Leandro Oses por haber violado y asesinado a la adolescente Zoe Pérez, en La Toma, el 20 de febrero de 2024.
En un fallo unánime, el tribunal integrado por los jueces María Eugenia Zavala Chacur, Adriana Lucero Alfonso y Fernando de Viana los declararon culpables del delito de abuso sexual con acceso carnal seguido de muerte, en los términos de los artículos 124 en relación al 119 1º, y 3º párrafo y 45 del Código Penal Argentino. El tribunal consideró como agravantes, en relación a Rodríguez, las circunstancias de tiempo, modo y lugar que evidencian la mayor peligrosidad y/o criminalidad de su conducta. Entre ellas, el aprovechamiento del vínculo de amistad con la víctima, y la conducta asumida después del hecho. Para Oses computaron como agravantes las circunstancias de tiempo, modo y lugar.
Rodríguez y Oses atacaron a Zoe en la madrugada del martes 20 de febrero de 2024, después de haber pasado varias horas con ella, jugando a la Play Station y tomando alcohol, en el departamento de Rodríguez, en calle Inti Huasi 1028 del barrio Barracas.
Cuando comenzaron a asediarla para tener sexo, la joven los rechazó, se levantó y quiso irse a su casa. Pero los que hasta ese momento consideraba sus amigos la persiguieron, la sujetaron, la sometieron sexualmente y la asfixiaron.
“La mataron para ocultar el abuso sexual”
La última audiencia del juicio se inició con los alegatos de las partes. El fiscal de Juicio N° 2, Fernando Rodríguez, el primero en alegar, pidió que el caso fuera tratado con perspectiva de género y que ambos acusados fueran condenados a prisión perpetua ya que, según su visión, el de Zoe fue un homicidio doblemente calificado criminis causa. Esta figura penal se da cuando una persona mata con el objetivo de cometer otro delito, de facilitarlo, de ocultarlo o de asegurar su impunidad.
“La violencia de género quedó explicitada por las lesiones que poseían la niña víctima y los imputados. Claramente el delito precedente fue el del abuso sexual con acceso carnal y, luego de producido, con la resistencia de la víctima, la mataron para ocultar el abuso”, dijo el fiscal.
Para el fiscal, Rodríguez y Oses mataron por sofocamiento a la víctima, “obstruyendo sus vías respiratorias con un elemento contundente”.
Esteban Bustos, abogado de la querella -representante de la familia de la víctima-, adhirió a los dichos del fiscal. “Nos falta Zoe, pero siento que ella guió el camino para llegar hasta aquí. Fue golpeada salvajemente y torturada por personas a quien ella consideraba sus amigos”, dijo. Y pidió exhibir una foto de la adolescente de 17 años con la remera de su promoción escolar.
La defensa, sin éxito
Guillermo Sánchez Pagano y Andrés Fernández, en representación de Rodríguez, dijeron que no había un solo elemento que probara que su defendido tuviera que ver con el hecho.
“La fiscalía no ha sabido probar objetivamente el objeto por los que se los ha traído a juicio. Y no hay una sola denuncia por violencia de ningún tipo hacia mi defendido. No han podido probar que Rodríguez abusó a Zoe o tuvo un contacto físico con ella. No nos dijeron quién es el autor y lugar del hecho y cuáles son las responsabilidades de cada uno; someramente nos dijo que son culpables los dos. El que siempre pidió ayuda y estuvo a derecho siempre fue Rodríguez; él llamó a su profesor. No está probado el lugar de deceso ni quién fue el autor. Solicitamos la falta de responsabilidad penal con los hechos que se han venido a ventilar en este debate”, dijo Fernández.
Sánchez Pagano, por su parte, sostuvo “que no se ha podido probar la mecánica del hecho y que, de un principio, los medios sensibilizan la opinión pública sobre calificaciones erradas realizadas por la Fiscalía”.
Levingston, defensor de Oses, dijo que “en el lugar se halló material genético de Zoe y de Rodríguez. Todos los datos que se arrojan en esta causa son negativos sobre la participación de Oses”.
“No hay un solo elemento positivo que indique la participación de él tanto en una presunta violación como en un presunto homicidio. En consecuencia, solicito la absolución de mi defendido”, alegó.
Luego de escuchar a las partes, el tribunal se retiró a deliberar. Cuando regresó, dio su veredicto unánime: los tres jueces dieron por probado que tanto Oses como Rodríguez participaron tanto en el ataque sexual a Zoe como en su asesinato.
Los fundamentos del veredicto estarán disponibles en los próximos días.
Abusadores y homicidas sin cargo de conciencia
Como es de rigor, después de que las partes hicieron los alegatos finales y antes de que el tribunal pasara a deliberar para dictar el veredicto, la presidenta del tribunal les preguntó a ambos acusados si querían decir algo que quisieran fuera tenido en cuenta. Ninguno mostró arrepentimiento, ni siquiera estuvo cerca de admitir su responsabilidad en el ataque sexual y el femicidio de Zoe.
El primero en hablar fue “Gringo” Fernández: “Solamente quería darle el pésame a la familia”, sostuvo. Luego habló Oses: “No he cometido nada de lo que se me pretende imputar. Soy inocente”, dijo.