El Juzgado de Garantía Nº 2 de la Tercera Circunscripción Judicial resolvió elevar a juicio la causa contra J.R.S., acusado de incendiar el automóvil de su expareja en Villa de Merlo. La decisión fue adoptada durante una audiencia de control de acusación realizada el jueves 17 de septiembre, que estuvo a cargo del juez Jorge Pinto.
En la audiencia intervinieron la fiscal adjunta Silvina Ayelén Argüello y el abogado defensor Esteban Marcos Bustos Bridarolli. Luego de escuchar a las partes, el magistrado admitió la acusación por el delito de daños y dio por concluida la investigación penal preparatoria.
Según la acusación fiscal, el hecho ocurrió el 16 de abril de este año, alrededor de las 2:45, en una vivienda ubicada en el barrio San Agustín de Villa de Merlo. De acuerdo con la investigación, el acusado habría llegado hasta el domicilio de su expareja y prendido fuego un Chevrolet Corsa propiedad de la mujer, que se encontraba estacionado en el patio.
La Fiscalía ubicó el episodio en el contexto de la finalización de la relación de pareja. En su declaración durante la investigación, la mujer manifestó que durante la noche anterior J.R.S. se había presentado en tres oportunidades en su domicilio. También señaló que lo había notado nervioso y con un fuerte olor a nafta en las manos.
Siempre de acuerdo con la acusación, la mujer también habría referido que anteriormente el hombre le había manifestado que, si ella no disfrutaba el automóvil con él, tampoco iba a poder utilizarlo.
El incendio provocó daños en diferentes sectores del vehículo, principalmente en la parte delantera, además de afectar las ruedas, el parabrisas y otras zonas.
Entre los elementos incorporados a la investigación se encuentra una pericia realizada por Bomberos, que determinó la existencia de más de un punto de inicio del fuego: un foco en la parte delantera y otro principio de incendio en la zona trasera. El informe descartó que el siniestro se hubiera originado por una falla o un cortocircuito eléctrico y estableció que había intervenido un elemento generador de calor que requería acción humana.
A su vez, Policía Científica constató daños por fuego en la parte frontal y en el torpedo del automóvil. También encontró roto el vidrio de la puerta del acompañante y un ladrillo en el interior del vehículo, sobre la butaca delantera.
Con esos elementos, la Fiscalía calificó provisoriamente el hecho como el delito de daños, previsto en el artículo 183 del Código Penal, cometido en contexto de violencia de género. Al establecer su pretensión punitiva provisoria, solicitó una pena de 10 meses de prisión efectiva.
Durante la audiencia, la defensa cuestionó la hipótesis sostenida por el Ministerio Público Fiscal y afirmó que los hechos habían ocurrido de una manera “diametralmente opuesta” a la descripta por la acusación. También puso en discusión la forma en que se habrían producido los focos de incendio.
Además, el defensor informó que se encontraban en tratativas para intentar arribar a una solución alternativa del conflicto.
Una vez analizados los planteos, el juez Pinto tuvo por admitida la acusación y por finalizada la investigación penal preparatoria. También dejó asentada la pretensión provisoria de la Fiscalía de 10 meses de prisión efectiva.
En la misma audiencia se realizó el ofrecimiento de prueba para el futuro debate. La Fiscalía ratificó los elementos probatorios incorporados a la causa, mientras que la defensa no formuló oposición y adhirió al ofrecimiento respecto de los elementos secuestrados.
Finalmente, el magistrado admitió las pruebas propuestas por ambas partes y ordenó la apertura a juicio de la causa.
El expediente será remitido ahora a la Cámara de la Tercera Circunscripción Judicial, que deberá fijar la fecha del debate oral y determinar qué Tribunal unipersonal tendrá a su cargo el juzgamiento.
Hasta tanto exista una sentencia firme, J.R.S. mantiene su condición de acusado y rige el principio de inocencia.
