El Gobierno nacional habilitó los pagos en dólares con débito o en cuotas

Cada plan de pago requiere una "adhesión individual", que solo puede ser iniciada "por el cliente ordenante y aceptada por el cliente receptor". La compra en cuotas con moneda estadounidense estará habilitada por medio de “DEBIN programado”.
5 de febrero de 2025
La opción es un nuevo avance en la competencia de monedas impulsada por el presidente Javier Milei.

El Banco Central (BCRA) oficializó este miércoles la adecuación para implementar los pagos en cuotas con dólares, junto con la posibilidad de abonar con tarjeta de débito y códigos QR con la divisa estadounidense.
La medida anunciada por la entidad a mediados de enero quedó reglamentada mediante la Comunicación «A» 8180/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, y significa un nuevo avance en la competencia de monedas impulsada por la administración de Javier Milei.
La opción de realizar una compra en cuotas con dólares estará habilitada por medio de la utilización del débito inmediato (DEBIN) recurrente para pagar la adquisición de bienes o servicios en cuotas, en una variante que se denomina “DEBIN programado”. La puesta en marcha tiene como fecha límite el 28 de febrero, para que las entidades involucradas se adapten y puedan empezar a ofrecer este mecanismo.
El texto normativo estipula que “la cantidad de cuotas, y su monto, son fijas y establecidas de antemano”, aclara que “cada plan de pagos debe ser objeto de una adhesión individual” y que “el cliente receptor solo puede solicitar la adhesión a través del cliente ordenante”.
Determina que la operación debe ser autorizada primero por el cliente receptor y que una vez tramitado el aval correspondiente, la adhesión tiene efecto inmediato.
Al mismo tiempo, precisa que “una vez abonada la última cuota, no requiere pedido de baja de la adhesión por parte del cliente receptor” y se remarcó que “tanto el cliente receptor como el cliente ordenante pueden solicitar la baja del plan en cualquier momento”.
El BCRA también fijó que las reversiones y contracargos solo serán aplicables a la primera cuota y definió que los resúmenes de cuenta deberán identificar estos débitos con la etiqueta «DEBIN programado», incluyendo el nombre del ordenante, el monto y el número de cuota correspondiente.
Por otro lado, el BCRA informó que “el DEBIN programado no puede ser utilizado por clientes ordenantes cuya actividad o rubro comercial sea lotería, casinos u otros juegos de azar”.
En relación a la iniciativa de incorporar al sistema de QR interoperable los pagos con tarjeta de débito en pesos y dólares, expresó que “esta medida amplía las posibilidades y mejora la experiencia de los clientes y de los comercios que podrán realizar y recibir pagos con cualquier instrumento que tengan enrolado en su billetera, simplemente escaneando cualquier código QR”.
Al respecto, el texto oficial dispuso que “los pagos con tarjeta de débito en dólares estadounidenses deben estar disponibles para los comercios que deseen aceptar esa modalidad de pago”. Esta disposición entrará en vigencia a partir del 1° de abril.

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