El conocido dermatólogo y esteticista Sergio Raúl Lombardi, de San Luis, fue imputado por dos delitos graves, a partir de la denuncia de una paciente. El juez de Garantía Nº 1, Juan Manuel Montiveros Chada, formuló cargos contra el médico por los presuntos delitos de “lesiones culposas graves por mala praxis, en concurso ideal con ejercicio ilegal de la medicina”.
Según expuso el fiscal de Instrucción en lo Penal Nº 3, Esteban Roche, la investigación se originó a partir de la denuncia de una mujer que en 2023 acudió al consultorio de Lombardi para someterse a un procedimiento estético en la zona abdominal.
El médico le habría practicado una liposucción con minilifting abdominal en un consultorio que no contaba con habilitación para realizar intervenciones quirúrgicas y sin encontrarse registrado ante el Ministerio de Salud con una especialidad que lo habilitara para ese tipo de prácticas.
La fiscalía sostiene que, como consecuencia de esa intervención, la paciente sufrió diversas complicaciones físicas, entre ellas, hematomas, pérdida de sensibilidad, rigidez abdominal, adherencias, diástasis muscular y una hernia abdominal, además de secuelas psicológicas. Ante los reclamos por el resultado de la primera cirugía, Lombardi volvió a intervenirla en 2024, aunque, según la Fiscalía, esa segunda práctica tampoco logró revertir las lesiones ocasionadas.
Durante la audiencia ante el juez Montiveros Chada, la abogada defensora de Lombardi, Graciela Ponce, rechazó la acusación. Sostuvo que no existió mala praxis. Argumentó que las lesiones descriptas responden a condiciones preexistentes de la paciente, a su proceso de cicatrización y al incumplimiento de las indicaciones postoperatorias, especialmente el uso de la faja y la realización de los controles médicos.
Como evidencias, el Ministerio Público Fiscal (MPF) mencionó la denuncia de la damnificada, historias clínicas, informes del Ministerio de Salud, estudios médicos, un informe psicológico y una pericia médica que concluyó que las secuelas guardan relación con las intervenciones practicadas.
Por su parte, los abogados de la denunciante, Martín Loayza, Paula Zavala y Marco Puertas –la querella–, adhirieron de manera íntegra a la formulación de cargos realizada por la Fiscalía y acompañaron el pedido de las medidas de coerción.
Además, solicitaron que le impusieran al imputado la prohibición de salir del país, que le impidieran continuar realizando este tipo de prácticas médicas –por considerar que existía riesgo de reiteración de la conducta investigada– y requirieron medidas cautelares patrimoniales, entre ellas el embargo preventivo, la inhibición general de bienes y la inmovilización de cuentas bancarias, para resguardar una eventual reparación económica.
En la audiencia, la defensa de Lombardi rechazó la acusación y sostuvo que no existió mala praxis. Argumentó que las lesiones descritas responden a condiciones preexistentes de la paciente, a su proceso de cicatrización y al incumplimiento de las indicaciones postoperatorias, especialmente el uso de la faja y la realización de los controles médicos. Además, cuestionó las conclusiones de la pericia incorporada a la causa y solicitó la realización de una nueva pericia médica con especialistas.
La abogada defensora también afirmó que la damnificada y su esposo habrían concurrido en distintas oportunidades al consultorio del imputado y a su estudio jurídico, con el propósito de amedrentarlos y exigirles una suma de dinero.
Sostuvo que esas conductas podrían configurar un intento de extorsión y pidió que fueran investigadas. El juez aclaró que esos hechos no formaban parte del objeto de la audiencia y señaló que, en caso de corresponder, debían ser puestos en conocimiento del Ministerio Público Fiscal mediante la denuncia respectiva.
El propio Lombardi declaró durante la audiencia. Afirmó que los procedimientos realizados fueron prácticas ambulatorias con anestesia local. Negó haber actuado fuera de las incumbencias de su profesión y sostuvo que las complicaciones descriptas por la Fiscalía no fueron consecuencia de las intervenciones quirúrgicas que realizó.
Una muerte en el Camino de la Aguada
No es la primera vez que Lombardi afronta una investigación de la Justicia Penal. Antes estuvo acusado por causar la muerte de Lucas Ezequiel Lucero, un motociclista que se estrelló contra la camioneta Jeep Compass del médico en el camino de la Aguada de Pueyrredón, la mañana del domingo 8 de septiembre de 2013.
Lucero circulaba por la Aguada y Lombardi ingresó a la avenida desde Fray Mamerto Esquiú. El médico conducía alcoholizado: la pericia de alcoholemia le dio 0,80 gramos de alcohol por litro de sangre, cuando el máximo permitido en San Luis para un conductor, en aquella época, era 0,50. Ahora es cero.
Además, según algunas pericias y el testimonio de la chica que acompañaba a Lucero en la moto, Lombardi habría invadido la avenida con el semáforo en rojo.
COERCIÓN
No puede salir del país
Como medidas de coerción, el juez Montiveros Chada ordenó que Lombardi se presente una vez por mes durante 120 días ante la Fiscalía para firmar el libro de imputados.
Además, hizo lugar al pedido de prohibición de salida del país por el mismo plazo y otorgó 45 día para que ofrezca un bien en embargo como medida cautelar patrimonial. En cambio, rechazó el pedido de la querella de impedirle continuar realizando prácticas médicas y descartó, por el momento, la inhibición general de bienes y el embargo de cuentas bancarias.
