Para garantizar la transparencia y la defensa del patrimonio público, el gobernador Claudio Poggi firmó un decreto para reglamentar la Ley de Catastro, después de que la dirección de Catastro comprobara que la registración de planos de mensura para posesiones que afectan inmuebles del Estado o terrenos sin inscripción. Ahora, Fiscalía de Estado deberá ser informada del inicio de la mensura con 20 días de antelación.
“Dentro de este alcance, se ha pensado en tomar intervención para dar transparencia al acto de mensura y permitir que el Estado Provincial pueda defender lo que es la titularidad de la tierra cuando está siendo afectada por alguien que pretende sacar un título con posterioridad y de esta manera anticiparse”, resumió el director de Catastro y Tierras Fiscales, Darío Crivello, este lunes, en conferencia de prensa.
Es decir, de acuerdo al decreto Reglamentario 945-MHP-2009 de la Ley de Catastro (V-0597-2007) de la provincia, a partir de ahora, Fiscalía de Estado deberá tomar conocimiento de forma obligatoria antes de que el agrimensor vaya a medir y a confeccionar el plano, en el caso de trámites de prescripción adquisitiva sobre inmuebles fiscales o sin inscripción.
“El sentido de este decreto es permitir que la Fiscalía de Estado tome conocimiento de las posibles posesiones previo a que esté iniciado el juicio”, explicó Darío Crivello, director de Catastro y Tierras Fiscales.
Crivello destacó que, en la actualidad, la Fiscalía de Estado, como organismo defensor de las tierras y de los juicios que pueden iniciar contra el Estado, toma conocimiento de las intenciones de algún ciudadano de poseer o de que tiene la posesión de un título recién cuando se le corre traslado de la demanda. “Con este decreto estamos permitiendo que Fiscalía de Estado sepa con anticipación de toda esta situación”, dijo el funcionario.
A partir de este decreto, cualquier profesional que desee realizar un plano de mensura y que esté afectando tierras fiscales (o tierra no esté inscripta a nombre de alguien), tendrá que cumplir con el procedimiento establecido.
“Va a tener que hacer una publicación de edictos en el Boletín Oficial Digital o en el diario de mayor circulación, citando a los propietarios y colindantes de los inmuebles”, explicó el funcionario. “De esta manera, le damos la posibilidad a Fiscalía de Estado para que concurra al lugar donde se va a llevar a cabo la posesión y que verifique si es cierto que la persona está pretendiendo adquirir ese título, si las dimensiones que el agrimensor esgrime en el plano son correctas”, refirió.
Una vez que el agrimensor registra el plano en Catastro, éste tendrá una validez de dos años para ser presentado ante el juez, quien va a dirimir si la persona que pretende sacar título ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la ley y el Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de San Luis, para recién allí poder otorgarle el título.
