Lautaro y Guachín eran parte del alma de Justo Daract. Llenaban sus calles con el espíritu puro, propio de cualquier perrito. Eran amigos de todos y a todos querían. También toda la gente los amaba. A excepción de una persona, de Matías Ernesto Romero. Desde la noche del 27 de junio esos «callejeritos» ya no están. Ese hombre los asesinó a tiros en la calle. No lo negó, pero se justificó diciendo que los canes eran agresivos, que ya habían entrado a su domicilio a romperle la camioneta y esa vez solo quiso proteger sus pertenencias y a su familia. Su relato no coincide ni por asomo con el carácter bondadoso e inofensivo que los vecinos refirieron sobre esos animales. No obstante, la Justicia lo imputó por matarlos y, aunque la mujer que impulsó la denuncia y otros proteccionistas buscan que sea encarcelado, lo más probable es que no conozca el penal ni en el caso de una hipotética condena.
El hombre está imputado por violar la Ley 14.346, sobre maltrato animal. Con las pruebas que la fiscal de Villa Mercedes, Cecilia Framini, reunió el Ministerio Público Fiscal (MPF) ya está en condiciones de cerrar la causa y ratificar la acusación para encaminarse hacia el juicio. En la fiscalía solo aguardaban que el abogado defensor, Vicente Cuesta, presente unas pruebas que dijo que incorporaría a favor de su cliente.
Pero una fuente que conoce el expediente le dijo a Todo Un País que, por las características del caso, lo más probable es que Romero no afronte ni el fantasma de la prisión. Puesto que, aún si es condenado, el cumplimiento efectivo de la pena en la cárcel sería suspendido.
Lo cual no quiere otra cosa que sobrellevaría la sentencia en libertad. Eso sí, el fallo fijaría un antecedente y sí podría jugarle en contra si en el futuro comete otro delito. «Si llega a reincidir, incluso con maltrato animal, ahí sí se podría hablar de una prisión preventiva; pero ahora al ser un imputado primario y no tener antecedentes no», explicó el informante.
Detalló que la ley que castiga la crueldad hacia los animales fija una pena máxima de un año en la penitenciaría y que ese tiempo, al ser tan corto, por lo general, no es de cumplimiento tras las rejas. «Nuestro Código Penal a las penas de un año las dicta en suspenso si la persona condenada no tiene antecedentes», aclaró. Romero reúne esa pauta, por eso «ningún juez lo enviaría a la cárcel».
