La velocidad máxima es de 30 kilómetros por hora y el uso del casco es obligatorio. Pero no es necesario acreditar pericia para conducir o conocimiento de las normas de tránsito.
Lentamente, los monopatines eléctricos se van sumando al paisaje urbano como otra opción de movilidad para los puntanos. Y en San Luis todavía puede llamar la atención ver a quienes los conducen desplazarse como suspendidos en el aire en el fragor del tránsito. A diferencia de otros vehículos impulsados por motor, para trasladarse en monopatín no es necesario contar con un certificado o carnet que acredite pericia para conducir o conocimiento de las normas de tránsito. Tampoco hace falta con algún documento que acredite la titularidad del vehículo.
¿Cuál es entonces el marco regulatorio? No hay normas locales por lo que, por el momento, las regulaciones son las que fijó la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) mediante la disposi-
ción N°420 en el año 2020. La norma establece que los monopatines y patinetas eléctricas sólo pueden circular por las ciudades (calles y avenidas) a una velocidad máxima de 30 kilómetros por hora.
Para los conductores la utilización del casco es obligatoria y no es necesario poseer un carnet de conducir o demostrar, de alguna manera, conocimiento de las normas de tránsito. La ANSV fijó también que “este tipo de vehículos deben poseer un sistema de freno que permita una detención total e iluminación delantera y trasera”. Y además se estableció que los conductores de monopatines eléctricos no pueden ser menores de 16 años y sólo están habilitados para circular con una persona, sin acompañante.
El uso de monopatines eléctricos es fomentado por su potencial impacto positivo en distintos aspectos, principalmente en cuanto a lo ambiental, por tratarse de un modelo de transporte libre de emisiones de carbono que puede ayudar a la mejora de la calidad del aire en las ciudades. “Pero para sostener este tipo de movilidad es necesario pensar y repensar diversos aspectos de neto corte de seguridad vial, ya que la movilidad sustentable sin esta mirada no es suficiente”, explica un informe de la ANSV de junio de este año. Y recomienda “el diseño e implementación de políticas públicas tendientes a incorporar a la micromovilidad de forma segura a las tramas viales urbanas”, avanzando en acciones como la concientización y la infraestructura que ayuden a evitar posibles accidentes. En ese sentido, la bicisendas o carriles separados, casi inexistentes en las principales ciudades de San Luis, generarían un primer marco de “protección” para los conductores de estos vehículos.
El trabajo de la ANSV hace hincapié en las regulaciones de las velocidades máximas y muestra los resultados de pruebas de choque, que demuestran que aún a velocidades de 25 km/h pueden resultar en lesiones graves. Al respecto señala que las regulaciones locales (ordenanzas) vigentes en ciudades como Mendoza, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La Plata, Rosario, Córdoba y Neuquén tiene como denominador común haber fijado un máximo de velocidad de circulación de 25 kilómetros por hora y la obligación de respetar las normas de circulación vigentes para el resto de los vehículos.
En el otro extremo se encuentran casos como el de París, que desistió de las regulaciones y optó directamente por prohibir la circulación de monopatines luego de una consulta popular realizada en abril de este año y bajo el argumento de que sus casi 400 mil usuarios generaron sólo en el año 2022 unos 408 accidentes en los que murieron tres personas y 459 resultaron heridas.
Madrid también acaba de prohibirlos. Desde noviembre de este año rige una restricción temporal hasta que se verifique la “seguridad” de estos vehículos luego de la explosión de una batería el pasado 17 de octubre en el interior de un tren que se encontraba en la estación “La Elipa”, en la Línea 2 del metro.