Los futuros contratos no tendrán un tiempo mínimo ni máximo y se podrán pautar en cualquier moneda o bien de cambio. En San Luis el 18.4% de la población vive en un inmueble alquilado.
Según el último Censo realizado por el INDEC el año pasado, hay 99.534 puntanos que habitan en viviendas alquiladas. Ellos serán los principales afectados por las nuevas reglas de juego que establece el “Mega DNU” que emitió el presidente Javier Milei, que consta de 366 artículos y cuyo primer punto es la derogación de la Ley de Alquileres
El primer dato para tener en cuenta es que las nuevas reglas de juego regirán desde el viernes 29 de diciembre fecha de entrada en vigente del famoso DNU. En líneas generales el decreto deja libertad de acción para armar contratos casi sin ninguna imposición previa con la idea de que el propietario y el inquilino puedan ser “libres” de “celebrar un contrato y determinar su contenido”. Bajo esa máxima, la relación de fuerzas parece inclinarse para el locador ya que podrá imponer sus reglas y el locatario tendrá que acatarlas o buscar otra propiedad.
En el nuevo escenario no habrá plazo mínimo ni máximo para la duración de un alquiler ya que el decreto fija que “el plazo de las locaciones con cualquier destino será el que las partes hayan establecido”. Un primer sondeo con los operadores inmobiliarios señala que es posible que se vuelva a los “viejos” contratos por 24 meses”, que daban previsibilidad al inquilino y al propietario.
Pero también se abre un abanico de situaciones particulares que podrán ser contempladas como por ejemplo alquilar temporalmente por trimestres o semestres.
Otro cambio es que las partes podrán acordar la moneda en la que se celebrará el contrato. Es decir, se termina la obligatoriedad de firmar los acuerdos en pesos. Y para que no queden dudas de la amplitud del concepto la canciller Diana Mondino explicó a través de su red social X que “en Argentina se podrán pactar contratos en Bitcoin o en cualquier otra cripto”, e incluso si las partes lo desean en “especies, kilos de novillo o litros de leche”. Otro punto a ponerse de acuerdo y tal vez el mas álgido: cómo y cada cuanto se ajustarán los valores del alquiler. Acá también hay completa libertad. Se podrá usar el Coeficiente de Variación Salarial (CVS), los datos de la inflación o hasta la suba de la canasta alimentaria. Y actualizarse cada tres, seis meses o un año.
Sobre las garantías, el DNU fija que “las partes pueden determinar libremente las cantidades y moneda entregadas en concepto de fianza o depósito en garantía, y la forma en que serán devueltas al finalizar la locación”. Y acá marca una de las pocas regulaciones: el depósito de garantía “no podrá ser inferior a un plazo mensual”.
La otra regulación que precisa el decreto es que el inquilino podrá abandonar el inmueble antes de que termine el plazo del contrato, pero deberá abonar una “multa” equivalente al 10% del total de los meses que faltaban para finalizar el acuerdo. Hasta ahora se podía rescindir el contrato sin cargo adicional, siempre que se avisara con tres meses de anticipación. Todas estas reglas de juego regirán para los nuevos contratos. Lo que ya están vigentes seguirán regidos por las normas vigentes al momento de la firma, ya que el el DNU, al igual que las leyes no son retroactivas.
Radiografía de San Luis
*Según datos del Censo 2022, en San Luis hay 204.364 viviendas particulares.
*El 18,4% de la población de San Luis (99.534 personas) habita una vivienda particular que alquila.
*La mayor cantidad de inquilinos se encuentran en los departamentos Pueyrredón (49.776) y Pedernera (25.749)