Perpetua para Marina Silva por el homicidio de sus hijos

Fue considerada considerarla autora de dos hechos de homicidio doblemente calificado por el vínculo y por alevosía, en perjuicio de sus hijos menores de edad.
23 de octubre de 2025

Marina Abigail Silva fue condenada a la pena de prisión perpetua por considerarla autora de dos hechos de homicidio doblemente calificado por el vínculo y por alevosía, en perjuicio de sus hijos menores de edad.

El veredicto fue dictado ayer por los jueces Adriana Lucero Alfonso (presidenta), Ariel Parrillis y Eugenia Zabala Chacur (vocales), tras escuchar los alegatos finales de las partes y realizar la audiencia de cesura de juicio.

Durante los alegatos, la Fiscalía sostuvo que la acusada planificó el hecho y actuó durante la madrugada para evitar la intervención de terceros, cuando las víctimas se encontraban en estado de indefensión. Mencionó que la prueba recolectada —entre ellas, pericias balísticas, médico-forenses y elementos caligráficos— permitió acreditar la secuencia de los hechos y la responsabilidad penal de la acusada. Solicitó que al momento de dictar sentencia se la condenara a la pena de prisión perpetua.

Al referirse a los planteos de la defensa sobre violencia de género, la fiscal Virginia Palacios indicó que el análisis de tales circunstancias debe realizarse con responsabilidad, sobre la base de evidencia concreta. Señaló que no se acreditó un vínculo entre eventuales situaciones de violencia y la decisión homicida, y sostuvo que la perspectiva de género no puede ser entendida como una eximente automática de responsabilidad penal, sino como una herramienta para evitar estereotipos y ponderar vulnerabilidades comprobadas.

Por su parte, la querella ejercida por el abogado Esteban Bustos acompañó la postura del Ministerio Público Fiscal, sostuvo que el debate demostró la alevosía y la plena conciencia de la imputada y pidió una sanción acorde a la gravedad del hecho.

Luego de leer el veredicto en la que se la declaró culpable del hecho, el Tribunal dio inmediato inicio a la cesura de juicio, etapa posterior al veredicto de culpabilidad, en la que el Tribunal, con intervención de las partes, fija la pena considerando las circunstancias personales, sociales y jurídicas del hecho y de la persona imputada.

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