La mañana de este martes, el juez de Garantías 4 de Villa Mercedes, Santiago Ortiz, dio a conocer su resolución respecto a algunos planteos de nulidad hechos por las defensoras de uno de los ex funcionarios imputados por el vaciamiento del Conplejo Molino Fénix. Las representantes del acusado Exequiel Scarel habían cuestionado el manejo de las pruebas en la investigación y hasta le habían pedido al magistrado que le restituyan el vehículo que le secuestraron al imputado. Pero Ortiz no solo ratificó que las incautaciones de los elementos fueron procedentes, sino que hasta consideró abstracto el pedido de devolver el rodado «en atención a que nunca se llevó a cabo el secuestro» de tal vehículo.
El juez instructor rechazó la nulidad expuesta y consideró que «se han respetado todas las previsiones legales establecidas por la Constitución Nacional, Provincial y por el Código de procedimiento criminal, para el efectivo cumplimiento del allanamiento y requisa de morada y el secuestro de los dispositivos electrónicos». Señaló, además, que no fue violado el derecho de defensa de los acusados.
La causa tiene a la ex diputada albertista Anabela Lucero y a su pareja, el actual diputado provincial Joaquín Beltrán, imputados por «Peculado», «Administración fraudulenta», «Abuso de autoridad» y «Malversación de caudales públicos» y a Exequiel Scarel, Enzo Lucero y Diego Torres acusados de «Peculado» y «Administración fraudulenta».
El planteo de nulidad de pruebas fue hecho por las defensoras oficiales Cecilia Mithiaux y Noelia Páez. Habían argumentado que sus pedidos no eran más que para garantizar el debido proceso y sus observaciones surgieron «luego de advertir ciertas irregularidades con respecto a los procedimientos y al cumplimiento de normas jurídicas».
