Piden condena para un hombre que admitió haber violado a su hija

Los abusos empezaron cuando la víctima, sin vínculo biológico con el acusado, tenía 4 años. El hombre la amenazaba con matar a la madre si ella contaba lo que le hacía.
25 de julio de 2026
La audiencia en la que la fiscalía presentó el acuerdo con la defensa. Ahora el tribunal tiene que definir si lo aprueba.

La fiscal de Juicio Nº 1 de San Luis, Virginia Palacios, solicitó la homologación de un acuerdo de juicio abreviado para que un hombre de 39 años sea condenado a doce años de prisión, tras haber admitido que violaba a su hija no biológica. Empezó a someterla cuando la niña tenía 4 años. Y para evitar que hablara la amenazaba con matar a su madre.

El acusado está imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por el vínculo y por la convivencia. El acuerdo fue presentado en una audiencia realizada este miércoles 22 de julio ante un tribunal del Colegio de Jueces, integrado por Ariel Parrillis, Julio Fernando De Viana y Adriana Lucero Alfonso.

En su teoría del caso, la fiscal Palacios narró que el imputado mantuvo una relación sentimental con una mujer durante once años, quien además tenía dos hijas. “Durante nueve años abusó de una de esas niñas. Los ultrajes comenzaron cuando la víctima tenía 4 años y se perpetraron en la casa que la familia tenía en la ciudad de San Luis. Compraba el silencio de la niña con amenazas de que iba a matar a su mamá si contaba algo”, relató la fiscal.

El acusado admitió su responsabilidad en los hechos denunciados y aceptó la pena solicitada por la Fiscalía y la calificación legal. El defensor oficial de Niñez, Adolescencia e Incapaces N° 2, Nahuel Lede, dijo que el acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y el abogado del acusado contó con la conformidad de la víctima y su madre.

El defensor, acompañado por la defensora adjunta N° 1, Belén Suárez, solicitó además la privación de la responsabilidad parental del imputado. Antes de finalizar la audiencia, la Fiscal de Juicio solicitó la prórroga de la prisión preventiva que actualmente cumple el acusado hasta tanto se dicte sentencia, pedido al que hicieron lugar los jueces. El Tribunal pasó la causa a resolver y tiene un plazo de diez días hábiles para dictar su resolución.

No es un beneficio para el acusado

La oficina de prensa del Poder Judicial destacó que el término “acuerdo” no debe interpretarse como un beneficio para el imputado, sino como un mecanismo previsto por la ley que tiende a la economía procesal. Y, especialmente, a evitar la revictimización de la persona víctima y su familia, al no someterlos a la instancia de un juicio oral con producción integral de prueba —es decir, declaraciones testimoniales, informes periciales médicos y psicológicos— y la incertidumbre propia de los posibles resultados de un debate oral.

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