Los militares que tengan título universitario cobrarán hasta un 25% más

El Gobierno nacional publicó el decreto, junto con la suba de sueldos del 4,1% dividida en dos tramos.
21 de julio de 2026
Soldados en acción durante la misión humanitaria en Venezuela. El suplemento alcanza a las tres fuerzas, policías navales y personal retirado. Foto: Ejército Argentino.

El Gobierno nacional dispuso un esquema de remuneración diferencial para el personal militar con formación universitaria o terciaria y quienes acrediten un título de posgrado percibirán un suplemento del 25% sobre su haber mensual.

Además, los que tengan título universitario de grado, un 15%; y los que posean un título terciario o tecnicatura, un 10%.

El plus rige desde el 1° de julio de 2026 y se aplica sobre la escala de haberes actualizada.

La medida surge de dos instrumentos publicados en el Boletín Oficial en días consecutivos. El Decreto 473/2026 creó el suplemento por título con carácter permanente. Mientras que la Resolución Conjunta 35/2026 fijó los haberes base del personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía de Establecimientos Navales para junio, julio y agosto, con un aumento acumulado del 4,1% respecto de mayo: un 2,2% en julio y un 1,9% adicional en agosto.

Sueldos de agosto

Aplicado el suplemento por título sobre los valores de agosto —los más altos de la escala—, el impacto en pesos es el siguiente:

  • Un Teniente General, Almirante o Brigadier General con título de posgrado pasaría de $3.371.170 a $4.213.963 mensuales.
  • Un Coronel, Capitán de Navío o Comodoro con título universitario de grado pasaría de $2.399.189 a $2.759.067.
  • Un Mayor o Capitán de Corbeta con título de grado percibiría $1.889.414, contra $1.643.403 sin título. Un Sargento o Cabo Principal con tecnicatura pasaría de $1.046.123 a $1.150.735.
  • En el extremo inferior de la escala, un Voluntario de segunda o Marinero de segunda con título terciario pasaría de $732.452 a $805.697.

El suplemento alcanza a todo el personal en actividad de las tres fuerzas —Ejército, Armada y Fuerza Aérea— y de la Policía de Establecimientos Navales, y se extiende al personal retirado y a los familiares con derecho a pensión cuyo causante haya obtenido el título antes del pase a retiro.

 

 

 

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