Piden destituir a la jueza Fernández Paz que reguló honorarios millonarios contra el Estado

Por instrucción del gobernador Poggi, la fiscal Fabiana Zárate presentó una denuncia formal contra la titular del Juzgado Civil N°5 de la Primera Circunscripción Judicial, acusándola de mal desempeño.
23 de junio de 2026
La Jueza Fernández Paz, autora de una regulación de honorarios con una cifra polémica.

La Fiscalía de Estado de San Luis formalizó una denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento contra la jueza Cynthia Fernández Paz, titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y Ambiental N°5 de la Primera Circunscripción Judicial. La presentación fue realizada por la fiscal de Estado, Fabiana Zárate, por instrucción del gobernador Claudio Poggi, y solicita la destitución y suspensión preventiva de la magistrada, quien ejerce el cargo desde febrero de 2022.

La denuncia se fundamenta en tres causales principales: desconocimiento inexcusable y grave del derecho, incumplimiento de los deberes de su cargo y graves irregularidades en el procedimiento que desprestigian al Poder Judicial.

Los motivos de la denuncia

El detonante de la presentación fue una regulación de honorarios dictada por la magistrada en el marco de un juicio ambiental. Según la denuncia, el 2 de marzo de 2026 la magistrada dictó una resolución interlocutoria donde transformó arbitrariamente un proceso de monto indeterminado en uno determinable, asignándole un valor económico de 93.000 JUS —equivalente a casi cuatro mil millones de pesos— considerando que el monto es el doble del valor de una obra pública no realizada. Sobre esa base, reguló honorarios profesionales a favor de los dos abogados intervinientes por un total del 30%, lo que representa una carga para el erario público de $1.198.961.208,00.

La Fiscalía sostiene que la jueza ignoró normas expresas del ordenamiento jurídico vigente. El escrito advierte que la magistrada pasó por alto deliberadamente los topes legales establecidos en el Artículo 730 del Código Civil y Comercial de la Nación y las pautas de la Ley de Honorarios local.

Para dimensionar el impacto de esa cifra sobre las finanzas públicas, la denuncia establece una comparación concreta: «La magnitud de la regulación equivale a recursos críticos que el Estado dejaría de volcar a la comunidad, representando, por ejemplo, el costo de 39 patrulleros, 18 viviendas familiares, 1.651 chalecos antibalas de uso para las fuerzas de seguridad, 2.173 sillas de ruedas, 809 camas ortopédicas, o 69 respiradores artificiales, o 10 ambulancias que la sociedad sanluiseña dejaría de recibir.»

La fiscal Zárate fue contundente al valorar el impacto institucional del hecho: «Todo el esfuerzo que el Gobernador ha realizado para sanear las finanzas públicas y brindarle a la sociedad mejor calidad de vida, termina siendo arruinado por conductas irrazonables por parte de quienes deben administrar justicia, más si se tiene presente que lo regulado en concepto de honorarios es equivalente a un mes de recaudación provincial de impuesto inmobiliario».

La reacción del Gobernador

Poggi tomó la palabra en sus redes sociales con una crítica directa a la conducta de la magistrada. Calificó la regulación como «estrafalaria, desmedida y grotesca» y señaló que se trata de honorarios regulados contra el Estado Provincial por una suma superior a los mil millones de pesos, originada en el supuesto daño ambiental que podría haber producido una obra pública que nunca se realizó y que, por lo tanto, no produjo ningún daño ambiental, en la zona conocida como Parque Acueducto Vulpiani, en Juana Koslay.

El mandatario también marcó el principio que, a su entender, está en juego: «Cuando un funcionario público, en este caso una jueza, atenta contra el bienestar de todos los sanluiseños, asaltando los fondos públicos con acciones que ponen en riesgo el patrimonio de todos los contribuyentes y la normal prestación de los servicios del Estado, debe ser denunciado y enjuiciado dentro del estado de derecho.» Y fue categórico respecto a lo que espera del Jurado: «La jueza Fernández Paz ha deshonrado con su conducta el cargo para el cual ha sido nombrada y el jurado de enjuiciamiento, dentro del estado de derecho y la Constitución, pero con la máxima celeridad posible, debe tomar medidas sobre este accionar.»

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