Volvió una de las medidas del cepo cambiario

Los compradores de dólar oficial no podrán operar divisas financieras por 90 días.
26 de septiembre de 2025
Banco Central
El Banco Central comunicó la modificación que rige desde este viernes.

El gobierno nacional dispuso que, a partir de este viernes, los compradores de dólar oficial no podrán operar dólares financieros y viceversa. La medida reimplanta parcialmente el cepo cambiario.

El Banco Central (BCRA) reinstauró  la restricción cruzada que impone un plazo de 90 días en los que los compradores de dólar oficial no pueden operar con contado con liquidación o MEP.

La autoridad monetaria publicó este viernes la Comunicación “A” 8336 que modifica las normas cambiarias.

Esta restricción cruzada había sido eliminada el 14 de abril, cuando se anunció el levantamiento parcial del cepo para las personas, pero se mantenía para las personas jurídicas. La semana pasada fue aplicada esta misma restricción para las personas vinculadas a bancos.

De esta forma, el gobierno busca limitar la operación en divisas y tener un mayor control para acumular reservas.

La acumulación de dólares en el Banco Central y por parte del Tesoro para pagar deudas, es una de las imposiciones del acuerdo con el FMI, que es la principal hoja de ruta del pacto con el gobierno de Estados Unidos.

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