El abogado y la escribana que quisieron «coimear» a un juez federal fueron condenados a no ejercer su profesión por un año

Juan Carlos Albarracín y su pareja Andrea del Valle Escudero Hernández, además, deberán donar 400 mil pesos, en diez cuotas, a un comedor comunitario de Villa Mercedes.
Parte del dinero que los acusados intentaron apropiarse y que fue recuperado por la Policía.

Finalmente, el abogado Juan Carlos Albarracín y su pareja, la escribana Andrea del Valle Escudero Hernández, no serán enjuiciados por el combo de delitos por el que fueron procesados hace más de un año, entre los que estaba intentar «coimear» al juez federal de Villa Mercedes, Juan Carlos Nacul, para evitar que la causa por estafa en su contra avanzara. Los acusados acordaron con la Fiscalía una pena de un año de inhabilitación para ejercer sus profesiones, entre otras condiciones, como donar 400 mil pesos a un comedor comunitario, todo con tal de ser sobreseídos de la causa.

Albarracín, de 44 años, está acusado de «Tráfico de influencias agravado», «Estafa procesal, en grado de tentativa» y «Falsificación de documento privado» y Escudero Hernández, de la misma edad, está procesada por «Falsedad ideológica relativo a la escritura número 59», «Estafa procesal, en grado de tentativa» y «Falsificación de documento privado».

Tras la petición, el Tribunal Oral Federal de San Luis resolvió suspender el juicio a prueba y estableció que, además de la inhabilitación, el abogado y la escribana deberán «fijar residencia e informar al tribunal cualquier cambio de ésta, someterse al control del Instituto Provincial de Reinserción Social I.P.R.E.S.; abonar a la Asociación Civil, Merendero
Comedor Carita de Ángel 400 mil pesos, que deberán pagar en diez cuotas mensuales y consecutivas de 40 mil pesos cada una». De no cumplir con esas pautas, la resolución será revocada y el proceso continuará con un juicio oral.

El fiscal Cristian Rachid, quien estuvo a cargo de las averiguaciones, le atribuye a
Albarracín la confección, junto a su esposa, de un contrato falso de compraventa de un equipo de riego. En dicho documento las partes serían una mujer de apellido Gallardo y una Sociedad Anónima, y una actuación notarial «cuyo contenido es falso porque daba cuenta de un hecho inexistente», es decir que la nombrada Gallardo se había presentado ante la escribana para extender un recibo por 6 millones de pesos en concepto de la operación por venta de un equipo de riego.

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